No, no afectaría a la base del embarazo más tarde. Lo que cobras es dependiente del convenio colectivo, pero por lo menos los tres primeros días no cobrarás nada, desde el 4 al 21 cobrarás el 60 % de tu sueldo y más tarde el 75%. Habría que comprobar por que te paga eso, pero ciertamente tiene que pagarte lo que corresponde con el desempleo caso de que sigas de baja y ya no estés trabajando en la empresa.
Por otro lado, puede que cobres menos que una nómina habitual, dependerá de lo que indique el convenio. Si la baja es por accidente laboral, asimismo es posible que cobres menos, si bien algo mucho más que si es patología común. Y mi segunda pregunta es a todo esto yo pedí el pago directo por impago empresarial, en el momento en que llegue al año debo regresar a solicitar el pago directo o como ya lo estoy cobrando no tengo que administrar nada, gracias. Nuestra prestación por IT lleva incluida en su cuantía el prorrateo de las pagas extras ya que para calcular la prestación se toma la base de cotización del mes previo a la baja y ésta transporta siempre prorrateada las pagas extras a que tenga derecho el trabajador en el año. Cuando un trabajador esta de baja por enfermedad, la Seguridad Social paga dependiendo de la base de cotización, la cual incluye el prorrateo de las pagas plus.
Este mes al pagarme la nómina he cobrado menos que los meses precedentes. Con relación a la baja, no puedes mantenerse más de 18 meses, en ese caso o te dan el alta o te reconocen una incapacidad. Sin embargo y bordeando la legalidad, si hay días que no vas a trabajar pues coincide con tu reposo, puedes comentarle al médico tu situación para ordenar la baja a los días laborales. Siempre y cuando estimes que en el momento en que tengas que volver a proceder a trabajar tu situación de baja efectivamente ya no permanezca.
¿cuanto Cobraré A Lo Largo De La Incapacidad Temporal? Explicación De De Qué Forma Se Calcula
Es dependiente de lo que afirme el convenio, pero los tres primeros días nada, y del 4 al 21 el 60% de tu sueldo, y desde el día 22 el 75%. Lo explico en la entrada, pero si el convenio no complementa cobraras menos. Los tres primeros días nada, del 4 al 21 el 60% y posteriomente el 75. No se si has pedido el pago directo a la seguridad social.
He recibido la nomina con retención y me comentaron que no la tendría. No debería bajar la base con la que se ha calculado la incapacidad. Habría que ver toda la documentación relativa al caso. Pero es una solicitud que excede las orientaciones gratuitas que intento ofrecer a través del blog.
¿me Afecta A Las Pagas Poco Comúnes El Hecho De Estar De Baja?
Si de esta forma fuera, lo habitual sería regularizar pasados los 30 días. Sobre las bajas por incapacidad temporal de las usadas del hogar te invito a este producto. Además, demanda el pago desde agosto de 2019 a la seguridad social y si no presenta demanda a la empresa. Sí, los tres primeros días no se paga nada, salvo que el convenio afirme otra cosa. Si la cuantía es preciso, habría que mirar la nómina.
Hola Pilar, ciertamente la base para el cálculo de la baja es la de los últimos 30 días. Te invito a que leas esta entrada, en tanto que tu caso es diferente siendo usada del hogar. En mi trabajo me van a descontar en el mes pasado lo pertinente en los días 25,26 y 27. El 25 de febrero volví a empezar una nuev baja por el tema de una operación, esto es una baja diferente. Mi pregunta es la próxima, yo tengo un contrato a tiempo parcial, y estoy embarazada.
De hecho, varios convenios recogen la obligación de abonar el 100% de la base desde el primero de los días, por lo que la persona trabajadora jamás se vería perjudicada. Con la base de contingencias anteriormente indicada, la dividimos entre 30 días para saber el salario día que va a ser el salario de referencia. Sobre la nómina del mes anterior del comienzo de la baja, se van a efectuar todos y cada uno de los cálculos.
Ambas son ocasiones en las que el trabajador, como consecuencia de una patología común o incidente no laboral, precisa de asistencia sanitaria y no puede desarrollar su actividad profesional con normalidad. En el pago de la baja por accidente profesional, ya se incluyen las pagas poco comúnes, por ende no es que se te descuentan y las pierdas, sino durante estos meses las tienes prorrateadas. Estando en el ultimo mes de contrato, me di de baja por patología . Mi pregunta es si al cobrar de baja por la seguridad social, me tienen la posibilidad de quitar meses que tengo cotizados anteriormente a la baja.
¿me Tienen La Posibilidad De Despedir Estando De Baja? ¿quién Me Paga?
Hola, si estando de IT te rescinden el contrato, seguirás cobrando la baja hasta el momento en que te den el alta. Si una vez que te den el alta, no has consumido toda la prestación, cobrarás a eso que poseas derecho. Estimado , mi solicitud es la siguiente, tengo alta laboral de dia 12 de junio 2014. O solo proporcional por los días trabajados de junio.
Para ello, entiendo que previamente se va a deber comenzar el trámite de determinación de contingencias. Sí, en caso de recaída te volvería a abonar la compañía o mutua. Habría que ver que es lo que afirma el convenio y los días de baja por incapacidad temporal. Si todavía persiste la baja médica por la otra cuestión, yo no solicitaría el alta y prosigues con la baja. Si no señala nada, no se debería diferenciar, así que incluye contingencias comunes y expertos.
Lo que movido a la empresa, por si acaso se pudiese realizar un ajuste en la próxima nómina al no dejarlo el programa de nominas en la nómina de Enero, pero me contestaron que las nóminas son a 30 días naturales, y que mi IT han sido 14 días, con lo que solo me abonan 16 días. Por consiguiente, un trabajador no pierde en ningún caso los días de vacaciones que le corresponde, si antes o a lo largo de el disfrute del mismo padece una baja por incapacidad temporal. Es decir, que si la compañía te ha comprado de manera íntegra la paga plus va a ser por que el convenio colectivo de app regula ese derecho, puesto que la legislación laboral no lo realiza. A modo de ejemplo, si un trabajador ha permanecido de baja desde julio hasta diciembre, tendrá derecho a media paga plus de navidad, si es que ésta se genera anualmente.
La Paga Extra Y La Incapacidad Temporal
Mi contrato de Camarera y por el convenio de hostelería de camarera. Pero he visto que tenia 3 días de vacaciones tambien cotizados hasta que empieza el fin con la empresa. Al mandar la baja a la compañía ese día, me despidió con un burofax desde ese mismo día.