Habría que ver que es lo que afirma el convenio colectivo para comprender si es acertado o no, pero siempre mirando los importes brutos. Disculpa que insista, pero no entiendo por qué es correcto que me abonen media paga plus si se ha descontado lo correspondiente a una entera. En definitiva, cuando el trabajador recibe una paga extra solo deberán descontarle el I.R.P.F., en tanto que las aportaciones a la Seguridad Popular ahora han sido abonadas previamente. Cada trabajador efectúa unas aportaciones a la Seguridad Popular todos y cada uno de los meses en función de su salario que son deducidas de su nómina. Las pagas plus no cotizan, pero si tienen la retención del IRPF.
La primera me pagaba las 3 pagas extras íntegras a lo largo del tiempo de baja, la segunda no me paga nada, ni prorratedas siquiera. Además de esto la anterior aportaba hasta el cien% del salario cuando me pagaba la mutua. La novedosa empresa afirma que la anterior empresa me pagaba de sobra. Que ellos no pagan ni el complemento hasta el 100% del salario ni las pagas plus estando de baja. El primer año no se cobra menos, sí que deben abonar la parte proporcional de las pagas plus generadas, pero ese importe no es la diferencia entre la paga 1 y su paga íntegra, sino que es dependiente de de qué forma se produzcan y la parte que te han abonado. Si cada mes rotamos en tres turnos y corriendo días.
Este año es aparte con lo que comprendo que las pagas no deberían descontarse nada o cambiar algo el irpf, como me ha pasado en otras compañías. 47.1 Durante la vigencia del presente Convenio, las gratificaciones extraordinarias de junio y Navidad, van a consistir, todas ellas, en el abono de las proporciones que para cada grupo profesional figuran en la columna nº 2 del anexo número 1. A conocer si me puede ayudar , en la paga de diciembre ahora me han regularizado el Irpf de fin de año pero ahora que me han ingresado la paga extra y me han ingresado menos , lo que sería de nuevo la regulizacion del Irpf.
Tengo una duda sobre mi salario, en el momento en que entre en la compañía se me pacto un neto mensual, pero no me afirmaron nada de las pagas plus. La cuestión es que en el contrato y en nómina tengo un conjunto de cotización 7 y me estan pagando como un grupo 9. Seguún ellos es lo que me corresponde por auxiliar administrativa. Yo he solicitado que me den la diferencia de conjunto de cotización y quiero saber si es preciso o me debo constituir que me paguen como un grupo inferior. Mi contrato empezó en septiembre, de la paga plus de navidad me toca la parte proporcional del año trabajado, esto es de 12 meses 3 meses y medio (+-).
¿cuándo Se Cobra La Paga Extra De Navidad?
En mi caso, el pagador de mi nómina es la empresa A. Se abonaría en el momento en que finalice la relación laboral y se abonará una indemnización dependiendo de la causa de la extinción. El prorrateo puede acordarse con los representantes legales de los trabajadores. Lo cobrarás cuando se extinga la relación laboral, por lo que si que es un perjuicio.
Además de los trabajadores por cuenta ajena, los funcionarios son otro de los conjuntos que reciben un aumento en su nómina en el mes de diciembre debido a la paga plus de Navidad. Entiendo que me da la razón en lo que se refiere a que en una extinción de contrato de 14 pagas la liquidación de las vacaciones pendientes de gozar hay que calcular con el salario salvaje por mes el que debe integrar el prorrateo de la paga plus. Entonces, si las pagas extras se pagan en 2 extras no habría que integrar su importe en el cálculo de las vacaciones ya que sino más bien parece ser se estaría abonando 1/6 de la plus (no comprendo este 1/6) sobre las dos pagas a las que se tiene derecho. Si las pagas se abonan en 14 el mes de vacaciones no debe incluir la parte proporcional de la paga extra. Hago un ejercicio de cálculo de nómina en el que se me señala que el trabajador recibe 2 pagas extra al año equivalentes al salario base + la antigüedad. No se detalla si estas son prorrateadas o se abonan en un par de meses de forma íntegra .
Si no se indica nada en el Convenio, el devengo tiende a ser anual. Sin embargo, va a poder acordarse en convenio que las gratificaciones extraordinarias se prorrateen en las 12 mensualidades. El importe que percibían los trabajadores equivalía a una semana de salario. Desde ese instante la paga extra se institucionalizó y se consolidó.
¿cuándo Se Paga La Paga Plus De Navidad A Los Pensionistas?
Me gustaría comprender para lograr pedir compatibilizar nómina por trabajo a tiempo parcial con prestación de mayores de 52 años y no tengo claro como es mi salario salvaje por mes excluido importe de 2 pagas extra. Tanto la paga de verano como la de Navidad, pese a ser un desahogo, es posible que se cobre de forma prorrateada pues de esta forma lo hayan acordado las dos partes en el contrato firmado al inicio de la relación laboral. Por lo tanto, el abono de las pagas plus como tal no es obligación en tanto que se puede repartir su cuantía entre los 12 meses del año.
Las pagas plus o se prorratean, o se abonan en el finiquito. Estube en una pequeña compañía trabando seis meses con contrato eventual. Me han renobado pero con un contrato de interinidad sustituyendo una baja maternal.
Solo para confirmar, ¿te refieres a que es mejor el prorrateo o el devengo semestral, por aquello de que se cobra antes? Comprendo por tu comentario que no hay mucho más causas al uso. El próximo año, salvo cuestión especial de ERTE, baja por incapacidad temporal o similar, debería ser completa. Es dependiente de lo acordado, no todos los complementos se tienen dentro en la paga plus, aunque lo habitual es que si. Mensualmente tengo un salario base de 1173€ con un complemento salarial recurrente de 666€, puesto que llegue a un convenio con la empresa y me realizaron esa subida salarial. Habría que ver que es lo que señala el convenio colectivo sobre la posibilidad de prorratear.
Qué Es Una Paga Plus O Pagas Extraordinarias
Sí, cuando menos la parte proporcional generada, que puede ser de la mitad o de una tercer parte precisamente en función de si la paga se crea anual o semestralmente. No te corresponde completa, pero tampoco a media día. Será una cantidad media, por que parte la habrás generado a jornada completa y parte parcial. Si el contrato se renueva, no se liquida la extra.
O sea que si mi sueldo es de 1.000 , de qué manera tengo que realizar la cuenta? En el contrato no leo que sean cada un año o semestrales. Depende de si se desarrollan semestralmente o anualmente, si se genera anualmente, solo habrás generado la mitad.
El Pago En El Finiquito
A lo largo del ERTE, no generas paga extra, pero si que has genereado hasta el 20 de marzo. Por lo que te corresponde la parte proporcional generada. Depende de lo que indique el convenio colectivo, si se calcula semestral o anual. Depende de lo que se acuerde, se puede abonar en este momento lo generado, o abonarlo en el instante que se debería abonar la paga extra. La paga de provecho, sólo se tiene derecho si de esta forma lo indica el convenio, y se tendrá derecho en los requisitos que el mismo convenio indique.
Si las pagas se desarrollan anualmente, indudablemente será correcto. Lo normal es que las pagas se generan anualmente, salvo que el convenio indique otra cosa. Por que indudablemente la paga plus se genera anualmente, o sea, de junio de 2021 a junio a 2022, por lo que sólo has generado la mitad. Por consiguiente un individuo que se ha incorporado en el primer mes del verano, cobrará solo media paga plus de diciembre. No obstante, cabe por pacto individual o convenio colectivo considerar la incapacidad temporal como trabajo ciertamente realizado a efectos del devengo de las percepciones extraordinarias y por tanto, no se debe aminorar importe alguno. Pues depende de lo que indique el convenio colectivo, es posible que el trabajador puede exigir su pago, aunque ahora se le haya abonado de manera prorrateada.