Después De 12 Meses De Baja Quién Paga

Si no está conforme deberá acudir a los tribunales. No acostumbro a recomendar soliciar el alta, además que no es una cuestión que dependa del trabajador. O sea, aunque lo solicites, el INSS no posee por que concederlo. Lo mejor es presentar un escrito a través de la sede electrónica, pero es el INSS el que se pone en contacto contigo para ofrecerte el alta médica.

A mi parecer, entiendo que no deben pagarte el 100%, en tanto que la asimilación que se hizo es como dice la ley «de forma exclusiva para la prestación económica de incapacidad temporal del sistema de Seguridad Social«. Soy un trabajador del ámbito administrativo y me rijo laboralmente por el Convenio Colectivo del Ámbito de Áreas de trabajo y Despachos de la Comunidad de La capital española. A lo largo de los meses de abril y mayo estuve de baja por COVID-19, específicamente un total de 37 días. Sí, tienes que soliciar el pago directo al INSS o recíproca según tenga la compañía las contingencias comunes.

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Cobrará lo que le correspondería en el caso de paro, ya que entiendo que es una baja por contingencia común. Deberás solicitar el pago directo a la recíproca o al INSS cuando se extinga la relación laboral. Hola estoy en erte desde marzo mi han dado baja permanente sigo en erte ahora mi compañía quire llevar a cabo despido colectivo yo mando los partes a lampresa pero esta cerrada en este momento quien mi paga donde tengo qui mandar los partes y quirn tene qui pagarmi gracias .

Si no te dieron el alta, debes pedir el pago directo, no puedes pedir paro. Buenas, yo estuve de baja por covid diez días, y mi compañía me ha dicho que no tengo derecho a cobrar la baja por el hecho de que la Seguridad Popular lo que le hacen a ellos es una compensación o algo de este modo me dijeron. Yo ese mes cobré menos, en tanto que me quitaron los días que estuve de baja.

Todo Lo Que Tienes Que Entender Cuando Andas De Baja: Qué Cobrarás, De Qué Forma Y Quién Ordena El Pago

Es posible que la mutua, pero mientras que estés de baja siempre y en todo momento te pagarán, ya sea la compañía, el INSS o la mutua. Durante el tiempo de incapacidad temporal, percibes las pagas plus de manera prorrateada, por eso cuando se percibe la plus, se cobra menos. No se si las tienes correctas, pero si que pueden serlo. La base de contingencias comunes siempre y en todo momento incluye las pagas extraordinarias prorrateadas. A lo largo de la IT las pagas plus se cobran prorrateadas.

Entiendo que mientras prosiga recibiendo tratamiento derivado del accidente, debería prevalecer la baja por contingencia profesional, para después pasar a baja por incapacidad temporal. Si existe un despido o extinción de la relación laboral, le abonará la recíproca o la seguridad popular, sigue de baja en función de la causa de exactamente la misma, y después cuando reciba el alta podrá solicitar el paro. El INSS se pondrá en contacto contigo para pasar el tribunal médico, o es posible que recibas resolución prolongando la incapacidad temporal o con una resolución de incapacidad cuyo grado va a depender de la imposibilidad de trabajar. Sobre quien te paga, es dependiente, puede que la mutua o la empresa si sigues haciendo un trabajo, o incluso el INSS si ya se extinguió la relación laboral. Si finalmente la Seguridad Social se inclina por agrandar tu baja seis meses mucho más, hay diversos puntos de relevancia que tienes que tener en cuenta.

Si bien lo pague la compañía, luego la Seguridad Popular lo reingresa.

Mientras que se mantenga la relación laboral, los partes de baja se entregan a la empresa. En todo caso, jamás se consumirá paro si se mantiene la relación laboral, o sea, que lo indicado anteriormente solo se refiere desde el momento de la extinción de la relación laboral hasta la posible fecha de alta. Es viable el despido del trabajador de baja por incapacidad temporal si tienen causa para ello. Si consideran que la situación médica es determinante, se puede otorgar directamente la incapacidad persistente, no es necesario agotar la incapacidad temporal.

Lo habitual es que se pongan en contacto a cubriendo los 365 días, pero estás dentro de los 545 días de baja de una incapacidad temporal. Voy realizar 11 meses de baja por intervención y ya me ha llamado por teléfono la Mutua comunicándome que voy a estar 6 meses mucho más. Te debe abonar hasta la notificación del alta o prórroga. Excelentes tardes yo estoy igual que tu me podrias decir si te llamaron ahora del tribunal medico? El INSS es el que te comunica, la mutua te debe pagar hasta la notificación del alta, si esta se produce. No obstante, hay veces en las que la recíproca avisa que no paga hasta que conozca la resolución.

Seguiría pagandome la mutua hasta que haya resolución por la ss o quedo sin cobrar nada? En el momento en que consigas me agradaría me asistas con esto puesto que me tiene algo preocupado,un saludo. He estado 1 año de baja por incapacidad temporal, por enfermedad común. A las pocas semanas, terminó mi contrato (era una substitución).

después de 12 meses de baja quién paga

Con lo que me comentas, parece que comenzaste la baja antes de la extinción de la relación laboral, con lo que seguirás cobrando hasta la resolución de la incapacidad permanente. El INSS tiene que notificarte si continuas o no la baja por incapacidad temporal. Si el contrato ha finalizado debes pedir al pago directo, siendo responsable el INSS o la mutua. Buenas tardes, llevo 11 meses de baja laboral y seguramente prosiga los 180 días más por el problema que tengo de patología , si una vez cumpliese el año mucho más los seis meses mucho más y no puedo trabajar,que me quedaría de nivel con 58 años y 37,6 años cotizados.

No tienes que pedir nada, es el INSS el que estudia si te la otorga o no. El pasado domingo 13 de Junio se me cumplieron cubriendo los 365 de it, mi doctora me comentó que a partir de entonces seria el INSS quien se ocuparía de la baja. En enero me redujeron lo que cobraba unos 300 €, pasando a cobrar el 55% de mi base reguladora. Por favor, un consejo, como hacerlo, equiparar jubilación e incapacidad. Yo muero de nervios y ya no puedo volva trabajar con alto peligro, me reuno y entrevistó a mínimo 25 personas a la semana y considerablemente más, todos candidatos y trabajo 50 horas como poco, me encantaba, pero me ha consumido , mi físico no aguanta y el dolor me puede. No considere que tenga ninguna influencia, siempre y cuando te hayan correcto la causa de la baja.

En cuanto al desempeño de la empresa, Bizneo HR proporciona un programa de vacaciones y ausencias a través de el que se pueden administrar las ausencias laborales de una manera eficaz para que estas impacten lo mínimo posible en la activa laboral. A partir del cuarto y hasta el décimo quinto día, el subvención está al cargo de la empresa o empresario por la cuantía del 60% de la base reguladora. A lo largo de los tres primeros días no corresponde subvención sino que se piensan a cargo del usado.