Al ir aplicando un término de “a cuenta convenio” en nómina, logramos fraccionar el pago de una subida que entendemos que se generará, y eludimos las tensiones de tesorería que se tienen la posibilidad de producir al vernos obligados a enfrentar el pago de unas elevadas diferencias salariales de cuajo. En esta situación aparece la duda de si con la subida del IPC, las empresas están obligadas a subir sueldos en 2022. Lo cierto es que la vinculación de los salarios al aumento del coste de la vida es un viejo enfrentamiento. Por una parte están los sindicatos que apuestan por ligar el salario del trabajador a la inflación con el objetivo de que no se pierda poder adquisitivo. Los sueldos pactados en convenio subieron de media en mayo del año vigente un 1,56%, por encima de lo registrado a inicios de año (+1,44%), pero por debajo del IPC, que fue del 2,7% en el quinto mes, según datos extraídos de la estadística de negociación colectiva del Ministerio de Trabajo y Economía Popular. El Estatuto de los Trabajadores, que es la normativa estatal básica que regula las relaciones laborales, no establece ninguna obligatoriedad de vincular una subida de los salarios al IPC.
Nuestros expertos aconsejes laborales te ayudarán en lo que precises. Operará la compensación y absorción cuando los sueldos verdaderamente abonados, en su grupo y balance anual, sean más favorables para los trabajadores que los fijados en el orden normativo o usual de referencia. La respuesta es relativa, y la intentaremos abordar para que tanto trabajador como compañía entienda que esta situación no es tan sencilla como para asumir que cada año el sueldo del trabajador debe ir incrementando.
Unión General De Trabajadores Cree Que La Subida Salarial Para Reclamar En Los Convenios Debería Situarse En El Ambiente Del 5%
Esto no significa que todos y cada uno de los convenios contengan cláusulas de revisión salarial vinculadas a la evolución del IPC, puesto que los sectores son muy heterogéneos a la hora de regular su cuadro normativo, aunque sí que acostumbra suceder en la mayor parte, pues el IPC es el indicador de referencia que utilizan los negociadores con mucho más frecuencia, para calcular las futuras subidas salariales en los Convenios. Los convenios colectivos, sí que se acostumbran a integrar cláusulas de revisión salarial en las que se establecen subidas salariales vinculadas a la evolución del Índice de Costos al Consumo. Dejando a un lado los convenios laborales, otra oportunidad destacable es que bastantes empresas aplican aumentos de salario, por poner un ejemplo, dependiendo del cumplimiento de objetivos personales o del departamento, pero no como una obligación. Por último, cabe apuntar que el Estatuto de los Trabajadores no establece ninguna obligatoriedad de vincular un incremento de las nóminas a las variantes o subidas del IPC. Muchos se preguntan si la solución sería acompasar los sueldos a este aumento del IPC, esto es, que anualmente subiesen las nóminas en exactamente la misma proporción y si las empresas están obligadas a ello. Sin embargo, tal como afirman desde el despacho de abogados especialistas la respuesta es negativa.
“El IPC es el punto de referencia, ha habido años que la inflación ha bajado y el convenio ha aumentado. No obstante, las previsiones este año han sido distintas a eso que s esperaba y “este año la clase laboral ha pringado”. En el caso de que no sea el sueldo mínimo, no siempre se debe amoldar al IPC, en tanto que ahora está recibiendo mucho más del mínimo y se puede hacer lo que se conoce como “absorción”, consistente en la oportunidad de una compañía para achicar esa cantidad “de más” que recibe. Muchas personas dice que llevan muchos años con el salario congelado y pasa por este “colchón” que lo que hacen las compañías es eliminar ese margen de más que paga la empresa para compensar esta subida. La subida de costos comenzó en el primer mes del año del año en curso con una subida rápida, en febrero se sostuvo permanente, pero entonces no dejaron de subir los costos hasta los últimos datos que nos han anunciado en el mes de noviembre de un 5,6%. Como hemos señalado, el SMI es la cuantía mínima salarial que todo trabajador debe sentir, por ende, nuestra nómina va a deber incrementarse si el salario mínimo varía anualmente pues no va a poder estar por debajo de éste.
El Partidazo De Cope
Aunque trabajador y empresario tienen libertad para pactar el salario que el usado va a percibir, existen los siguientes límites mínimos que deben ser observados. El Estatuto de los Trabajadores en su producto 26 establece que son salario todas las percepciones económicas en dinero o clase que los trabajadores perciben por la prestación profesional de sus servicios. Como gestoría en Sevilla especializada en el campo laboral tenemos las puertas de nuestra oficina abiertas para solucionar cualquier duda.
En instantes de inflación, reduflación y el Euribor subiendo puntos, muchas familias temen no llegar a fin de mes.
Que los salarios van a subir para el año 2022 no proporciona dudas, aunque esperamos que no en exactamente el mismo porcentaje que el IPC. Para esos convenios que establecen que la subida salarial debe ir en línea con el IPC, la actualización se realiza en enero, salvo que exista alguna cláusula que diga lo opuesto. Para calcularlo, debemos tomar en consideración la evolución del índice de costos en los doce meses anteriores por mes en el que se actualiza la nómina.
En otras expresiones, este capítulo se refiere de forma directa a tu sueldo como trabajador en un sector. Si tu salario es superior al mínimo predeterminado por tu convenio, en el momento en que dicho convenio acuerde una subida, tu salario continuará ‘congelado’ y la empresa no tiene la obligación de efectuar un aumento en tu sueldo. Por este motivo, si tu sueldo es el mínimo predeterminado por el convenio, si se va a ver aumentado para cumplir con el Estatuto. Entonces, las compañías podrían requerir efectuar una revisión salarial para eludir la fuga de trabajadores a otras compañías.
Las compañías como tal no están obligadas a subir el sueldo de sus trabajadores según las subidas de IPC. Realmente, existe una ‘regla no redactada’ que aplican muchos empresarios a título individual para premiar el trabajo de sus usados. Como gestoría en Sevilla especializada en el campo laboral aplaudimos este hecho y valoramos estos pactos empresa-usado como algo muy positivo. Cabe recordar que el desarrollo de subida de sueldos con arreglo al IPC es un desarrollo voluntario para las empresas, a menos que se establezca por Convenio Colectivo de manera expresa. Además de esto, en nuestro ordenamiento jurídico el límite mínimo de los salarios lo marcan por un lado el salario mínimo interprofesional y los salarios fijados por convenio, no estando en nuestra normativa obligatoriedad de subir los sueldos con arreglo al IPC, a menos que expresamente este punto se halle regulado en el Convenio Colectivo de app, tal y como hemos correcto. Los convenios colectivos que vinculan la subida salarial al IPC se actualizan habitualmente en el primer mes del año.
Ninguna compañía tiene la obligación de incrementar el sueldo de sus empleados conforme al IPC y menos aún de manera automática. Han subido los costes de absolutamente todo y los españoles lo apreciamos cada día en la compra, echando gasolina, en el recibo de la luz… la cuestión es que hacemos malabares para estirar el saldo de la cuenta y mantener el ahorro. Antes de la revisión anual de las condiciones laborales con Recursos Humanos lo normal es preguntarse si debe mi compañía subirme el sueldo en función del IPC. En Uppers lo hemos consultado con un despacho de abogados laboralistas y hemos acudido a la normativa básica que regula las relaciones laborales, que es el Estatuto de los Trabajadores. Por ahora, el progreso del índice de costos de consumo anunciado este mismo miércoles por el Instituto Nacional de Estadística apunta a una aceleración de la subida de precios en septiembre. Específicamente, la escalada de los precios de la electricidad ha impulsado la inflación hasta el 4 % interanual, siete décimas más que en el mes de agosto y la tasa más alta desde septiembre de 2008.
No obstante, este procedimiento no estaría exento de complejidad, por la necesidad de sentarse a negociar con la RLT/sindicatos, la presencia de unas causas que tienen que probarse y justificarse, la necesidad de acreditar una situación económica negativa, además de esto que nos hallaríamos frente a una solución temporal y coyuntural, y no de carácter definitivo. Además de esto existen cláusulas que establecen un incremento salarial igual al IPC más unas décimas auxiliares y otras, menos usuales, que vinculan la variación de los sueldos a un IPC distinto al estatal, por ejemplo, del País Vasco o de Cataluña. La respuesta “a priori” debería ser afirmativa – a menos que vengamos abonando remuneraciones salariales sobre convenio que puedan ser compensables – sin embargo, debemos entender el contexto en el que estamos y la intensidad del incremento del IPC que ha tenido lugar en el año 2021. Aun desde Comisiones Obreras (CC.OO) indican que no hay obligación de aplicar el IPC automáticamente, a menos que el convenio de esta forma lo determine.