El término es extenso y susceptible de interpretación. De entrada parece que sería cuando se pasa el recibo, puesto que lo otro se habría referido al «cobro». En el transcurso de este tiempo, he decidido no efectuar el contrato con ellos, y equivocadamente, exactamente el mismo día de cobro, yo tramite la devolución del mismo. Mi caso es algo distinto, contrate en 2011un curso a distancia en master-d, me lo vendieron aduciendo que ellos me daban el titulo . Cuando llevaba múltiples meses me percaté de que me engañaron y todo cuanto tengo solo vale para prepararme en un examen final, ni me dan titulo ni nada, y dicho curso me costo mas de 2000€. La deuda no ha prescrito, primeramente por que ha pasado un tiempo reducido, y en segundo pues le han reclamado y han procedido con diligencia, incluso usted ha pagado y reconocido el crédito.
Mando al banco la devolución del recibo ya cobrado▷ si lo hago y contrato otro seguro, puedo llegar a tener que pagar los dos???? Esto significa que la fecha de contratación se transforma automáticamente en la fecha de renovación. De esta manera, alguien que contrate una póliza el día 1 de febrero, debe de tener en cuenta que esta tendrá validez hasta el 31 de enero del año siguiente. En lo que se refiere a los pagos, estos tienen la posibilidad de efectuarse de manera única o fraccionada en varias cuotas en todo el año en periodos por mes, cada tres meses o semestrales, en tanto que en dependencia de cada compañía las condiciones pueden cambiar. Hacer el pago en múltiples cuotas tendrá dependencia siempre y en todo momento de diferentes causantes que van a ser evaluados por la empresa aseguradora para determinar la cantidad a abonar en todos y cada período. En mi caso, tengo el seguro de hogar con Axa, y me han aumentado el precio en un 35,7%, o sea no se corresponde con el IPC ni siquiera, y es una subida colosal.
De todas y cada una formas considero que devolviendo el recibo se solventa el problema. Otra cosa es que no se pudiera devolver u les hubierais enterado después sin ser posible una devolución. Ahí sí que con ese escrito de anulación que enviasteis en tiempo y forma tendríais que poner la protesta y hallar la devolución. La Ley de Contrato de Seguro indica que para anular la póliza hay que comunicar con 30 días antelación antes de la renovación del contrato.
Y, como cualquier otro documento afín, tiene una sucesión de condiciones, que también admites al firmar. Entre ellas, los plazos para notificar el deseo de no actualizar el seguro con la compañía. En la mayor parte de bancos permiten bloquear cobros de un determinado acreedor. Pero eso entra ya en los servicios de cuenta corriente, no en la regulación legal. Si no está de acuerdo con el seguro deberá dirigirse directamente a la empresa aseguradora y ver las condiciones de contratación del mismo.
¿cuántas Ocasiones Tenemos La Posibilidad De Devolver Un Recibo De Seguro De Hogar?
El problema es que, el día que le devolví las llaves me comentó que se había «olvidado» del dinero de la fianza (450 €)y que quedábamos al otro día para la devolución. La cuestión es que ni apareció al día siguiente donde habíamos quedado ni, desde aquella, me contesta a las llamadas. Hoy me he dado cuenta de que me han cobrado los 2 seguros, y por la red ya no me deja devolver el recibo por el hecho de que han pasado los 2 meses. Tras acudir a mi banco esta mañana sólo logré que me devolviesen los últimos recibos, alegando ellos que el resto están en plazo. Tras alegar yo que al ser un adeudo no autorizado el período debería ser de 13 meses, me hicieron firmar una hoja en la cuál acuerdan devolverme el dinero cuando ellos logren recobrarlo de la compañía que efectuó el adeudo.
Otro tema, nosotros disponemos prohibido cobrar los recibos con tarjeta, siempre con el fin de beneficiar a nuestros clientes del servicio. A las compañías les gusta mucho porque es casi imposible devolver el cargo, en cambio un recibo domiciliado es sencillísimo. Para anular una póliza de seguro debes mandar un escrito pidiendo esa anulación con 1 mes de antelación como mínimo. [newline]Además de esto deberás hacerlo por un medio fehaciente, o sea, que puedas probar claramente que lo enviaste con esa antelación, como por poner un ejemplo por burofax, también podría ser útil un correo certificado o un dirección de correo electrónico.
Por Qué No Puedes Devolver El Recibo Del Seguro Para Darlo De Baja
La cancelación hay que hacer por la parte del tomador y por escrito con antelación a la fecha de vencimiento. Diste de baja tu seguro, pero la compañía pasó el recibo igualmente. El importe no se corresponde con la cuantía anunciada por escrito por la compañía, con anterioridad a la renovación. Has cambiado de compañía, pero no has cancelado tu anterior seguro y en este momento debes enfrentar dos pagos. Con lo que redacta en su comentario no lo ha «cancelado» como afirma si no que ha devuelto el recibo. Si no realizó la contratación y sólo solicitó información debe en primer lugar comunicarlo a la compañía.
Total que la compañía nuez me llama a fin de que lo pague por no comunicar con dos meses de antelacion pero estoy edperando a que allianz me devuelva el recibo que pedi en los treinta días q hay. Aun no me lo devolvieron a dia dr el día de hoy ahora q fue pagado con visa y nuez me comunica q la poliza ha caducado. Mi pregunta es si hasta q no me devuelva el dinero allianz tengo seguro con ellos. Hola, recientemente hice un pedido de refrescos y ciertos me han venido caducados. ¿Puedo devolver el recibo del banco después de un mes de recibir la mercancía?
¿Qué Ocurre Si Devuelvo Un Recibo Al Seguro?
Va a poder devolver el recibo pero le demandarán el pago pues usted no renunció del contrato. Mi pregunta es, que si es cierto lo de tener que avisar con dos meses de antelacion para dar de baja un seguro y tambien solicito consejo para poder ver como debo actuar para que devuelvan los recibos. Tengo una vivienda alquilada y el dueño me ha ido pasando recibos del alquiler adjuntado con otros recursos, basuras, etc…al solicitarle las facturas me da largas y estoy cansado. …no va a poder ejecutar acciones legales argumentando que no deseo abonar si le devuelvo el reccibo entero? Me prosiguen cargando los recibos de luz y de agua donde no vivo ya hace múltiples meses. He hablado con el dueño y con el nuevo inquilino y todo han sido buenas palabras, pero ningún hecho.
Y es se puede ofrecer el caso en el que, gracias a algún error, no se ha comunicado correctamente la baja de manera interna y por este motivo se vuelve a cobrar el recibo. He hecho una reclamación a movistar por una factura en mi opinión equivocada. Pero el gran problema es que no marcha la red al hacer yo llamadas y no puedo llamar, el fallo es de el porque al probar otras tarjetas en el teléfono, una blackberry, si que marcha sin problemas. Mi descontento se debe a que ni siquiera estaban reflejadas las reclamaciones que hacia desde febrero del año vigente, en este momento me dieron el numero de la reclamación donde todo esto debe estar apuntado.
Quería saber si, en el caso de devolver los recibos, van a poder reclamarme todo el importe, en tanto que supongo que al devolver el primer recibo, no podré utilizar los servicios de Sanitas, con lo que al no haber gozado de esos servicios, no tendrían derecho a reclamarme los próximos recibos. Si no has escrito la carta de anulación con 30 de antelación tal como indica la Ley de Contrato de Seguro la compañía está en su perfecto derecho legal de reclamártelo incluso judicialmente. Ya que no lo entendemos pues no todavía no somos adivinos pero, ¿qué acostumbran a llevar a cabo las compañías en estas situaciones? Hay excepciones, y esta puede ser una de ellas, pero no lo creo. Mi problema es si una empresa no contesta mis dudas, como puedo fiarle en resolver un siniestro?
¿puedo Ofrecer De Baja El Seguro De Turismo Sin Devolver El Recibo?
Todo esto, si bien sea así, me parece un terminado abuso el tener que abonar 375 € en Desaprobaciones, no sé qué marco legal puedo tener, o si devolver los recibos y denunciarlos ante la Omic o Consumo, si bien en los contratos de esta manera lo especifica, me da la sensación de que esto no debería ser ni legal. Cual sería la manera más óptima de accionar, ya he comprado las dos primeras desaprobaciones y me he soportado, pero esta tercera ha colmado mi paciencia. Mi duda es que si no se hizo ninguna grabación y en el momento en que yo reciba la póliza hago caso omiso y sigo con la antigua compañía devolviendo el recibo que me facture linea directa estoy actuando apropiadamente o tengo algún plazo para anular mi nuevo seguro, o tengo que pagar a los 2 seguros. Mi mujer y yo poseemos dos seguros de vida que nos hizo cajamar al contratar la hipoteca hace unos años, nos lo han cobrado a inicios de febrero pero por descuido se nos olvidó mencionarle a cajamar que los seguros lo ibamos a realizar con otra compañia que nos salia mas economica. En el recibo de los seguros viene que tengo dos meses para devolverlos, he ido a la oficina de cajamar y no han parado de ponerme quejas, primero dijeron que tenia que comunicar un par de meses antes, despues que si solo tenia un mes para devolverlos y asi unas escasas de excusas…. A todas y cada una esas causas yo les decia que me enseñaran la ley donde afirma esas cosas y como no sabian decirme nada, la ultima respuesta fue que tenian que pedir autorizacion a la central para devolver los recibos y anular el seguro.
Ahora he llamado a mi banco para que anulasen ese cobro pero me dicen que lo único que pueden realizar es una reclamación pero no me aseguran nada. Asimismo llamé a la aseguradora Nuez, y tras pasarme de un teléfono a otro conseguí que una chavala me gestionará una queja a fin de que me anulasen ese seguro, y me dijo que ya me llamarían. Han pasado un par de días y no he recibido respuesta y por todo lo que he podido leer en internet sobre la empresa Nuez estoy bastante preocupada pues no se que llevar a cabo ni como hacer a fin de que me devuelvan mi dinero.