Por el hecho de que aunque hagas menos horas, debes desplazarte del mismo modo a tu centro de trabajo. Solo tienen derecho a sentir el plus de transporte esos trabajadores que pertenezcan a un convenio colectivo que les reconozca este derecho. Si bien asimismo podrán cobrarlo esos empleados que lo hayan pactado con el empresario. Si bien probablemente el agregado de transporte sea el concepto más importante que hay que integrar en la base de cotización, debido a la extensa cantidad de convenios colectivos que de esta forma lo contemplan, no es el único. A la hora de calcular el importe de la indemnización por despido no se tienen presente todos y cada uno de los conceptos retributivos que figuran en la nómina del trabajador. Sólo tienen que incluirse los “conceptos salariales” que el trabajador siente en su nóm…
El Convenio Colectivo para los usados de las agencias de viajes de campo estatal, en cambio, estipula que «se dará un plus de transporte por mes de 115, 69€ al trabajador, estableciéndose once pagos al año prorrateables a doce pagos con previo aviso». Un empleado únicamente podrá cobrar un agregado salarial por transporte si así lo establece el correspondiente Convenio Colectivo. La inclusión del agregado por el transporte en los conceptos cotizables, aparte de otros, se argumentó por medio de la “necesidad de actuación para tratar de potenciar la contratación estable de trabajadores, y para acabar con el período de destrucción de empleo”. Antiguamente, el plus por transporte que recibían los empleados de las empresas estaba exento en el momento de cotizar a la Seguridad Social, siempre y cuando este no fuera superior al 20% del IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples). Se admite por la RLT que la retribución de forma anual de los trabajadores comprende dichos pluses. De este modo consta en los acuerdos laborales firmados entre las partes y que se aportan en el presente procedimiento.
¿qué Es El Agregado De Transporte?
Por ende, analizadas estas situaciones, la Salón razona que la auténtica naturaleza de los pluses debatidos es salarial. La representación usual queda contrariada por la verdad fáctica, sin que esta última se haya logrado adulterar. Los pluses se abonan en 12 mensualidades, en cuantía lineal y a todos los trabajadores, con independencia de que se genere la coyuntura que da sitio a su pago.
Porque la empresa no le paga al usado este agregado por realizar su trabajo, sino que lo realiza para compensar el gasto que debe asumir todos los días, por el desplazamiento que debe efectuar para asistir a su lugar de trabajo. En el supuesto de que estuvieses cobrando el agregado de transporte, aunque en tu convenio colectivo no viniera recogido este derecho, si el empresario quisiera quitártelo, no va a poder hacerlo. A menos que exista alguna causa objetiva para esto (económica técnica, organizativa, o de producción) que pudiera justificar esta medida. Si tenga existencia dicha causa, el empresario podría eliminar este plus por medio de una modificación sustancial de las condiciones de trabajo. Es esencial distinguir entre el Agregado de Transporte, que son los recorridos que el empleado realiza todos los días entre su hogar y el sitio donde ejercita su trabajo, y losdesplazamientosque, para el buen cumplimiento de su propia actividad laboral, efectúa a los sitios pertinentes. En este segundo caso, por ley, la empresa siempre debe hacerse cargo de los costes.
¿el Agregado De Transporte Cotiza A La Seguridad Social En La Nómina?
Esto sin duda ayuda a mejorar las condiciones laborales y reduce la carga que piensa para los trabajadores el coste del desplazamiento hasta el sitio de trabajo. En los dos últimos casos los desplazamientos serán por cuenta de la empresa. Tengo que llevar a cabo una nomina a un trabajador que tiene agregado de distancia, quebranto de moneda y prendas de trabajo. Tengo claro que son conceptos extrasalariales, pero me gustaría saber si estas cuantas se tienen en cuanta para calcular la base de cotización por contingencias recurrentes como por contingencias expertos. Así, si recibes un agregado salarial de transporte a modo de compensación de los costos generados por el movimiento hasta el sitio de trabajo, al cual también se le conoce como agregado de distancia, agregado extrasalarial o plus de ayuda al transporte, tendrás que integrarlo en tu base de cotización.
En un gabinete me han comentado que sí o sí, desde la publicación del último convenio, es salarial porque, entre otras cosas, se cotiza por él. Si deseas más información sobre este tema te invito a este producto. Este sitio está protegido por reCAPTCHA y se aplican la política de intimidad y términos del servicio de Google+.
El abono de estos gastos estáexcluido de la base de cotización y exento de tributación, siempre que no exceda de unas ciertas cantidades. La Salón acude a la regulación del convenio colectivo de la compañía para aclarar esta cuestión. En concreto, en su producto 23, relativo a la “estructura salarial”, mira que la redacción otorgada a estos pluses resulta confusa.
Considera que la verdadera naturaleza de los pluses de transporte y de mantenimiento de vestuario es salarial, por lo que es posible compensar y absorber esas cantidades con los aumentos del SMI. La AN cree que la subida del SMI se puede compensar con el plus transporte y plus de vestuario cuando éstos tengan naturaleza salarial. PLANTEAMIENTO1.- ¿Los cheques-restaurante entregados al trabajador tienen carácter salarial? ¿Deben considerarse salario computable a efectos de calcular la indemnización por despido improcedente? Los costos de locomoción y dietas de viaje son remuneraciones de carácter irregular que argumentan a los gastos que crea en el trabajador la orden empresarial de desplazamiento provisional o temporal a un lugar distinto a aquel donde habitualmente… Por norma general, el agregado de transporte es extrasalarial.
A mi parecer, el agregado transporte y vestuario en principio son extrasalariales, y por lo tanto no entrarían en el SMI. No se con que te refieres con que la sentencia es ya firme. Habría que ver el caso, pero si los pluses son extrasalariales, bajo mi punto de vista, el acuerdo es nulo, y lograras reclamarlo individualmente, y sí, en este momento estarías en plazo para reclamar desde enero.
¿Tienen La Posibilidad De Reducirme El Plus Al Reducirme La Jornada O Tener Un Contrato A Tiempo Parcial?
Pienso que ese va a ser el punto clave, para distinguir un agregado de transporte considerado como salarial, o extrasalarial. Para comprender si te corresponde hay que ver el importe Bruto y tu día, mencionado lo anterior si trabajas a día completa debes cobrar 1050, y a mi juicio, como indico en la entrada tienes que cobrar 1050 más el plus transporte. He estado leyendo y veo que, por ejemplo, el agregado de transporte se cobra íntegro y de este modo me lo realiza saber la compañía, de la misma me comunican que el agregado de asistencia tambien se cobra integro, pero me queda la duda del agregado de ropa de trabajo. Que cambien el convenio (al respecto te recomiendo este producto) no establece que os bajen el sueldo si bien las tablas sean inferiores. Sobre las tablas salariales va a haber que estar a eso que indique el convenio y su forma de calcularlo el salario. También traté de buscar sentencias del TSJM y no encontré ni siquiera una.