Si Me Despiden A Los 63 Años Puedo Cobrar El Paro

En ellos, el desempleado podrá continuar cobrando su prestación por desempleo hasta el momento en que cumpla los 65 años. A lo largo de los años que dure esta ayuda el trabajador seguirá cotizando en la Seguridad Social para su jubilación. Si salgo en el ERE, como la Compañía solo va a cotizar por mi en convenio especial hasta los 63 años (dos años menos), pasaré a tener en 2027 (año en que cumplo los 65) 38 años cotizados, en vez de los 40 antes indicados, y no cumpliría con la condición de tener cotizados en 2027 los 38 años y 6 meses. Por lo que comprendo que mi edad de jubilación ya no sería a los 65, sino posteriormente, y por consiguiente tampoco podría predecir la jubilación a los 63, sino después, viéndome obligado a tener que hacer en frente de los pagos de la seguridad social unos meses mucho más y dejando de percibir la pensión a lo largo de esos meses.

Considero que es verdaderamente un endurecimiento de la jubilación anticipada ya que, en el supuesto que te comentaba, no se podría acoger -por no poder ser involuntaria- al coeficiente reductor del 6 % (pues no podría argumentarse una situación de crisis empresarial como tal). 1º.- Si la jubilación anticipada se genera más allá de los 63 años no tendría mayor inconveniente. El inconveniente es si esta jubilación anticipada se genera entre los 61 y los 63 años. Con lo que, -y ya termino- este sr. no le quedaría otra oportunidad para jubilarse de manera anticipada que solicitar la jubilación como mutualista (en tanto que tiene cotizaciones antes del año 1967). Solicitarás la pensión anticipada en 2013 ahora operativa la novedosa Ley. En el mes de abril del 2013 cumpliré 61 años llevando en ese instante cotizados 41 años.

Así, dejan de percibir el subsidio por desempleo del que estuviesen disfrutando para mudar su condición a la de jubilado y recibir su pensión contributiva correspondiente. Llegada la edad mínima, y si estos trabajadores cumplen con los requisitos planteados por el SEPE, deberán acogerse a este tipo de jubilación anticipada llamada jubilación forzosa por desempleo. Podre acogerme a jubilación adelantada a los 61 años? Hola, en el mes de octubre de 2009 tuve un despido disciplinario, en el mes de marzo de 2016 hago 61 años con 43 años cotizados. A finales del proximo mes de noviembre tendre 61,5 años y habré cotizado a la seguridad social 35 años.Despues de un despido improcedente en el 2004, forme mi compañía y naturalmente me afilie a la SS en el regimen RETA,renuncie tambien al paro que me correspondia en el 2004.

¿se Cotiza Para La Jubilación Estando En Paro?

La reducción aplicable en todos y cada caso concretodepende del número de años cotizadospor el trabajador. Asimismo, es importante rememorar que, aunque la situación de desempleo puede influir en la pensión a percibir,no supone que el trabajador deje de cotizar de cara a su jubilación. Siempre y cuando se perciba una prestación contributiva o el llamado subsidio para mayores de 55 años, se cree que el beneficiario de estas ayudas continúa cotizando para su jubilación. Estoy parado cobrando asistencia mayores de 55 años. Y me deducen el 7,5% si es forzosa la jubilación?

También se tendrá presente la edad de jubilación ordinaria y la proximidad del desempleado a esa edad que, en 2022, es de 66 años y un par de meses con menos de 37 años y seis meses cotizados y de 65 años para el resto que sí hayan cotizado esos años. Si el despido fué por causas objetivas, sí puede entrar a la jubilación anticipada forzosa. No puede cobrar el desempleo y trabajar al tiempo. Si me decido a pedir la jubilación anticipada en esa fecha ,ahora con 38,6 años computados, que edad legal se aplicaría la de 65 o 66 años ,Ya qué por lo tanto ni los trimestres , ni el porcentaje a achicar sería exactamente el mismo. Hola, voy a cumplir 61 años, tengo cotizados 43 años, llevo cobrando 3 años el subsidio para mayores de 55 años, llevaba trabajando por ETT 4 años y dejaron de contratarme. Mi duda es si a fecha de hoy, con la legislación de hoy, nos pueden obligar a aceptar la jubilación adelantada, o la parcial si es la situacion, estando cobrando la prestación contributiva por desempleo, con la consiguiente reducción que ello implica, o por el contrario podemos agotar la prestación y después jubilarnos.

Tras 29 años y con 52 años me despidieron por jubilacion del empresario. Hoy sólo he trabajado un día a media jornada. Que es más bueno para mí, jubilarme anticipadamente o acogerme al paro.

¿cuál Es La Retención De Irpf De La Pensión De Jubilación?

El dia 11 voy al paro y espero seis meses, me jubilo porque tengo el maximo de la pension. Hola muchas Gracias adelantadas,por todo lo que he leido me has servido de gran ayuda.Te relaciono mi situación que seguramente se parecerá a la de mas de uno. Sr.Eduardo cierre este foro de discusión si usted ya no responde,tenga un poco de elegancia ya que las personas que hemos contactado con usted a traves de este foro de discusión se entiende que la situcion es de desinformacion y desesperacion al estar en el paro. Desde hace un tiempo reducido, soy receptor de una Jubilación Adelantada.

Es dependiente completamente de las cotizaciones precedentes entender si compensa o no y comprender la cuantía. En caso de duda lo mejor es que intentes preguntar en el INSS. La base se debería mantener, salvo casos excepcionales.

Requisitos Para Acceder A La Jubilación Adelantada Por Desempleo

Por ende si la solicitud de jubilación se produjera a partir de esa fecha no procedería hasta los 63 años de edad. Son muy comunes, por supuesto, los presuntos de despidos de trabajadores cuya edad está próxima a los 60 años y que, terminadas las posibilidades del desempleo, solicitan su jubilación anticipada. El paro se calcula sobre la base de los últimos 180 días cotizados, y la cotización en el caso de ERTE, es dependiente de cuanto tiempo lleve en la compañía, puesto que si es menos, se calcula sobre la base de los últimos día cotizados en la empresa.

Como mi intención es jubilarme lo antes posible en las mejores condiciones, no sé si tengo algún medio para llevarlo a cabo. No quiero jubilarme un par de años mas tarde para al final cobrar lo mismo o incluso menos, y aguardar a los 65 se me hace muy cuesta arriba por cuestiones de salud. Ahora mismo la compañía hizo un erte a sus compañeros (él como adelanté esta de baja médica) y en este momento la empresa le sugiere despedirle para poder disfrutar de paro hasta el mes de diciembre que solicitara la jubilación.

Por ende, en función del año en el que se desee entrar a la jubilación anticipada por desempleo, la edad mínima del solicitante tendrá que ser de 61, 62 o 63 años. Va a ser de 61 años en cualquier caso para todos los que aplique una edad ordinaria de 65 años. Además, hay que tener en cuenta que, a efectos de determinar dicha edad ordinaria aplicable, se considerará cotizado el periodo que se anticipe la jubilación. El despido fue objetivo por causas económicas, me agradaría entender si el año que viene podría jubilarme anticipadamente de forma forzosa o tendré que aguardar hasta los 63 años.

Esto es, con esta ley no tienen la posibilidad de jubilarse anticipadamente quienes hayan sufrido, por ejemplo, un despido improcedente, como sí aceptaba la ley anterior y que se aplica en determinadas situaciones, de forma transitoria, a lo largo de 2019. Los trabajadores en situación de desempleo, a los que el SEPE haya respondido y que estén cobrando una prestación contributiva van a deber jubilarse de manera adelantada en el momento en que hayan alcanzado la edad mínima para esto. Desde la última reforma de las pensiones efectuada por el Gobierno, la edad de jubilación se ha ampliado de los 65 a los 67 años. Por consiguiente, la edad mínima de jubilación asimismo aumenta para la gente que deseen llevarlo a cabo desde 2027. Por otro lado, hay algunos casos en los que llegados a la edad de jubilación mínima, el desempleado no alcanzó aun los años cotizados mínimos que le dan derecho a la obtención de una pensión contributiva.

Cumplo 61 años en octubre del actual año 2022 y en ese instante voy a tener cotizados 35 años y 11 meses. Por mis años de cotización mi edad legal de jubilación es octubre de 2026 con 65 años pues para entonces tendría cotizados casi 40 años. Puede que la empresa tenga planeado un despido objetivo por causas probablemente de inadaptación a modificaciones en puesto.