Buenas tardes, el día 1 de Julio cumplo los 65 años y me puedo jubilar con esa edad segun tengo cotizado. En la solicitud de la jubilación qué día hago constar como último trabajado, el 30 de junio de 2019, o el 1 de julio de 2019. Con relación a la solicitud la tramitación de la pensión deberá resolverse y notificarse al interesado en un plazo máximo de 90 días.
A efectos de determinación de la cuantía de la pensión, cuando existan trabajos a tiempo parcial, se tomarán en cuenta la integridad de los periodos en que dicho trabajador hubiese continuado en alta cualquiera que podría haber sido la duración de la día. A efectos del cálculo de la base reguladora de la pensión en las ocasiones de pluriempleo, las bases por las que se haya cotizado a las distintas empresas se computarán en su integridad sin que la suma de dichas bases pueda sobrepasar del límite máximo de cotización vigente en todos y cada momento. En los supuestos contemplados en las causas 1.ª, 2.ª y 6.ª anteriores, va a ser preciso que el trabajador acredite haber percibido la indemnización pertinente derivada de la extinción del contrato de trabajo o haber interpuesto demanda judicial en reclamación de dicha indemnización o de impugnación de la decisión extintiva. El percibo de la indemnización se acreditará mediante archivo de la transferencia bancaria recibida o documentación acreditativa semejante. La escala de edades indicada no será de app a los trabajadores con condición de mutualista el 1 de enero de 1967, a quienes se demandará haber cumplido la edad de 60 años sin que, a estos efectos, se tengan presente las bonificaciones o anticipaciones de la edad de jubilación que pudieran ser de aplicación a los apasionados.
La Desaparición De La Jubilación Forzosa
El beneficio establecido en este apartado no se aplicará en los presuntos de jubilación parcial, jubilación flexible, ni en los presuntos de ingreso a la jubilación desde una situación asimilada al alta. La cuantía de la pensión, en su modalidad contributiva, se determinará aplicando a la base reguladora los porcentajes establecidos por la ley en atención a los años de cotización que resulten acreditados. Para ocasionar derecho a la pensión en mucho más de un régimen de la Seguridad Popular, si no se accede estando en todos ellos en alta o en situación asimilada al alta, va a ser preciso que las cotizaciones acreditadas en cada régimen se superpongan al menos 15 años.
De mi país recibí una carta para modificar unos papeles, volví en el mes de septiembre pero no me dan contestación. Buenos días, estando en desempleo se puede pedir la jubilación adelantada? Puedo continuar en el paro hasta la fecha me comiencen a pagar? Hay que subsistir claro, le agradecería si me asesorar, gracias. En cuanto a los efectos económicos, en función de tu situación, vas a tener derecho a cobrar la pensión con carácter retroactivo desde que el día que te has jubilado o solo desde aquel en el que presentas la solicitud. Para los trabajadores asimilados al alta, el día de presentación de la solicitud, excepto en excedencia forzosa, que va a ser el día del cese en el cargo; y en el caso de traslado fuera del territorio nacional, el día del cese en el trabajo.
Extinción Del Contrato Laboral Por Jubilación Del Trabajador
Tener cubierto un período mínimo de cotización de quince años (5.475 días), de los que cuando menos 2 habrán de estar comprendidos en los quince años rápidamente anteriores al momento de causar el derecho. A efectos del balance de los años cotizados no se tendrán presente la parte proporcional de pagas extraordinarias. Si se ingresa desde una situación de alta o asimilada al alta, sin obligación de cotizar, el periodo de un par de años habrá de estar comprendido en los quince años anteriores a la fecha en que cesó la obligación de cotizar. Descendiendo al caso específico del Sr. (…..), el 20 de noviembre de 2011 cesó en el cobro del subsidio de mayores de 52 años, y posteriormente ocasionó alta el 18 de diciembre de 2015, sin que ese único día de trabajo quedara comprendido entre períodos de percepción de prestación o subvención por desempleo derivados de la pérdida de un trabajo por cuenta ajena previo al 1 de abril de 2013. Por tal motivo entiende esa entidad gestora que dicha actividad no tiene la consideración de irrelevante, al quedar excluida de los supuestos mucho más arriba expuestos, y en consecuencia de la viable aplicación de la anterior legislación en temas de jubilación anticipada.
La regulación contenida en este artículo se comprenderá aplicable sin perjuicio del régimen jurídico previsto para cualesquiera otras modalidades de compatibilidad entre pensión y trabajo, establecidas legal o reglamentariamente. El derecho al reconocimiento de la prestación de jubilación no prescribe. A los regímenes particulares de la Seguridad Popular, en cómputo recíproco, cuando no se superpongan con los precedentes ni sean tenidos presente para ocasionar derecho a otra pensión.
La petición incluso ni hace falta si hace personalmente el trámite en la oficina de la Seguridad Social. En otras ocasiones, el modelo está libre en la página oficial de la Seguridad Social. Son de forma exclusiva imprescindibles el D.N.I. en vigor ; el libro de familia (para los casos en que se deba acreditar la existencia de un cónyuge a cargo y acceder al complemento a mínimo e aumentar el importe de una pensión baja); y un número de cuenta bancaria de su banco para ingresar los pagos por mes de su pensión.
Al número de días que resulten se le sumarán, en su caso, los días cotizados a tiempo terminado, siendo el resultado el total de días de cotización acreditados calculables. A lo largo del percibo de la pensión flexible sus sucesos mantendrán la condición de pensionista a los efectos de las posibilidades sanitarias. La extinción del contrato por resolución judicial en los supuestos contemplados en el texto refundido de la Ley concursal, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2020, de 5 de mayo. Presenté mi solicitud de jubilación el 17 de diciembre.
Excepción: Los Funcionarios Públicos Y La Jubilación Forzosa
Debe ponderarse que dicha alta no produjo ningún nuevo derecho en orden al cobro de prestaciones y que carece de suficiente entidad para ser tenida en cuenta. Por eso mismo, esta institución considera que esta situación particular debe interpretarse desde el prisma del principio de equidad, de modo más maleable y proporcional con el propósito de la norma. El percibo de la pensión de jubilación será compatible con la realización de trabajos por cuenta propia cuyos capital cada un año totales no superen el salario mínimo interprofesional, en cómputo de forma anual. Quienes efectúen estas actividades económicas no van a estar obligados a cotizar por las posibilidades de la Seguridad Social, ni generarán nuevos derechos sobre las prestaciones de la Seguridad Popular. A las personas sucesos de pensiones de jubilación que se ocasionen desde el 4 de febrero de 2021, que hayan tenido uno o más hijos o hijas se les va a reconocer un complemento de pensiones contributivas para la reducción de la brecha de género. El derecho al complemento económico por cada hijo o hija se reconocerá o sostendrá a la mujer siempre y cuando no medie petición y reconocimiento del complemento a favor del otro progenitor.
Además de esto, desde agosto de 2011 el percibo de la pensión funciona con la realización de trabajos por cuenta propia si los capital cada un año totales no superan el Salario Mínimo Interprofesional. En los supuestos de trabajadores con contrato a tiempo parcial, se tomará para la integración de las lagunas la base mínima de cotización de entre las aplicables en todos y cada momento, pertinente al número de horas contratadas en último caso. A excepción de los periodos entre temporadas o campañas de los trabajadores con contrato de trabajo fijo discontinuo, en ningún caso se considerarán lagunas de cotización las horas o días en que no se trabaje en razón de las interrupciones en la prestación de servicios derivados del propio contrato a tiempo parcial. Para el cumplimiento del requisito de la pensión de que, cuando menos, una parte del periodo de tiempo mínimo de cotización demandado (2 años, 730 días) esté comprendido en un período de tiempo preciso (15 años), a dicho intérvalo de tiempo mínimo se le aplicará el coeficiente global de parcialidad. El espacio temporal en el que va a haber de estar comprendido el período exigible va a ser, en todo caso, el predeterminado con carácter general para la jubilación. A los efectos de saber dicha edad legal de jubilación se considerará como tal la que le hubiera correspondido al trabajador de haber seguido cotizando a lo largo del período comprendido entre la fecha del hecho causante y el cumplimiento de la edad legal de jubilación que en cada caso resulte de aplicación.